Municipios deberán justificar despidos de personal a contrata
Término de contrato fijo, anticipado o rebaja en grado de algún trabajador con más de dos años de labor, deberá ser formalizado.
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Tal como lo hizo hace algunos meses con el Estado, la Contraloría General de la República emitió sendos dictámenes que establecen que las municipalidades deberán justificar la desvinculación de sus trabajadores a contrata, esgrimiendo en este acto las razones por las cuales no procede la renovación de la relación.
Según establece el documento, el trabajador tiene la legítima expectativa de la mantención en la vinculación luego de producirse reiteradas prórrogas del vínculo laboral, por lo que en el caso de no requerir de estos servicios, el término de la relación deberá ser formalizada con un acto administrativo. Y, en el caso de que se mantenga la vinculación, ésta deberá ser renovada por la anualidad siguiente en el mismo grado y estamento.
La Contraloría resolvió que se requiere sólo dos renovaciones sucesivas para establecer la confianza legítima de una automática renovación del contrato fijo.
Si se desea prescindir de los servicios, las municipalidades deberán “emitir el respectivo acto administrativo que contenga la decisión formal de no renovar el vínculo al funcionario, de hacerlo por un lapso inferior a un año o en un grado o estamento inferior o de prescindir anticipadamente de los servicios del empleo”, cita el documento.
En el caso de poner término anticipado por un lapso menor a un año o en un grado o estamento inferior deberá contener el razonamiento y la expresión de los hechos y fundamentos de derecho en que se sustentar, por lo que no resulta suficiente para fundamentar esas determinaciones la expresión “por no ser necesarios sus servicios”, u otras análogas”, ejemplifica el dictamen.
Entre los funcionarios que estarían afectos a esta limitación que establece el órgano fiscalizador se cuentan los administradores municipales, los profesionales funcionarios, los profesionales de la Educación y los trabajadores de la atención primaria de salud municipal, entre otros.